Descripción

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), ha definido a estos signos como aquellos utilizados para productos que tienen un origen geográfico concreto y cuyas cualidades, reputación y características se deben esencialmente a su lugar de origen.

Nuestra área de IG/DO se encarga de proteger sus productos cuando éstos sean parte de una región geográfica específica. Del mismo modo, nos encargamos de la adecuada representación en juicio ante cualquier uso no autorizado de una IG/DO por quien no produzca productos relacionados con el área a que la IG/DO protege.

  • Solicitudes de reconocimiento de IG/DO

  • Oposiciones y nulidades (o defensas ante ellas)

  • Redacción de reglamentos de uso y control exigidos por ley.

  • Acciones judiciales en contra de uso no autorizado de IG/DO